Justicia condena a empresario y capataz por poner en riesgo a trabajadores en citrícola de Paysandú

Por Franco De los Santos ·
Justicia condena a empresario y capataz por poner en riesgo a trabajadores en citrícola de Paysandú
Justicia condena a empresario y capataz por poner en riesgo a trabajadores en citrícola de Paysandú
Franco De los Santos
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Franco De los Santos
hace 6 días
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Los condenados, contratados por la empresa Sanducitrus, no proporcionaron elementos de seguridad para realizar la cosecha, lo que provocó varios accidentes

La Justicia condenó a un empresario y a un capataz contratados por la firma citrícola Sanducitrus por poner en riesgo la vida de los trabajadores al no proporcionarles elementos de seguridad para realizar la cosecha. La omisión ocasionó diversos accidentes con lesiones graves.

La situación en esa empresa generó alarma pública en diciembre de 2025, tras una intervención del Ministerio de Trabajo, Interpol y Fiscalía, que encontró a 38 ciudadanos argentinos, 14 peruanos y siete uruguayos en presuntas condiciones de explotación laboral en el campo de la empresa en Paysandú.

En primera instancia, la Fiscalía formalizó a los dos involucrados por un delito de “reducción de personas a la esclavitud, servidumbre o trabajo forzoso” a partir de testimonios primarios que indicaban que los trabajadores argentinos tenían una libertad de movimiento muy limitada.
Si bien los hallazgos en la causa describen muy malas condiciones de trabajo, no se acreditó que los trabajadores estuvieran sometidos a controles abusivos o amenazas. Tampoco tenían una imposibilidad real de abandonar el trabajo al punto que se constató que la gran mayoría se fueron y volvieron a trabajar en la empresa varias veces.

El ministro del Interior, Carlos Negro, y el inspector general de Trabajo, Luis Puig, sostuvieron que podía haber una organización dedicada a la trata de personas, pero ese extremo tampoco fue probado. De hecho, se comprobó que las promesas salariales al momento de la reclutación se cumplían y que muchos trabajadores se acercaban por su cuenta al reclutador para pedir trabajo.

En lugar de estos ilícitos, la Justicia condenó al empresario y al capataz por delitos previstos en la ley de responsabilidad penal empresarial. Esta imputación implica una baja sensible en las penas. La reducción a esclavitud tiene como mínimo 4 años de penitenciaría, mientras que los delitos de responsabilidad penal empresarial tienen un mínimo de 3 meses de prisión.

El 20 de agosto, la Justicia condenó en proceso abreviado al capataz de la empresa tercerizada Service Work SAS a seis meses de prisión, con 15 días de cárcel efectiva y el resto en libertad a prueba. Como había estado en prisión preventiva del 11 al 24 de diciembre de 2025 y luego cumplió las restantes medidas, al momento de la condena la pena se consideró purgada.

Unos días antes, la Justicia condenó en proceso abreviado al dueño de esta empresa tercerizada. La pena fue de cuatro meses de prisión a cumplirse en régimen de libertad a prueba con tobillera electrónica, tareas comunitarias y otras medidas limitativas. El fiscal de la causa, Joaquín Suárez, dijo a El País que todavía resta investigar al dueño de Sanducitrus también por los delitos previstos en la ley de responsabilidad penal empresarial.

Fuente: El País

Ficha del caso
Sección / Zona
Paysandú
Temas
Imputaciones, Interes general
Fecha de publicación
06/09/2026
Tiempo de lectura
3 min de lectura
¿Qué significa que una persona sea imputada o formalizada?

Desde la entrada en vigencia del nuevo Código del Proceso Penal (2017), Uruguay tiene un sistema acusatorio. La formalización es el acto por el cual la Fiscalía comunica formalmente a una persona que la está investigando por un delito, ante un juez y en audiencia.

Que alguien sea imputado o formalizado no significa que sea culpable: rige la presunción de inocencia hasta que haya una condena firme. Durante el proceso, el juez puede disponer medidas cautelares como la prisión preventiva, el arresto domiciliario o la presentación periódica.

Claves del proceso penal
  • Imputado/formalizado ≠ condenado: la culpabilidad la determina una sentencia.
  • La prisión preventiva es una medida cautelar, no una pena.
  • Muchos casos se resuelven por proceso abreviado, con acuerdo entre Fiscalía y defensa.
Información de contexto elaborada por la Redacción de Zona Roja.
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