Personal policial de esta Jefatura concurrió a una finca ubicada en calle Francisco Bicudo, tras recibirse comunicación radial del CCUD alertando sobre un incidente de índole familiar.
Al arribo de los efectivos, se constató la presencia de un hombre en el fondo del predio, quien presentaba medidas cautelares vigentes hacia la parte denunciante por hechos anteriores de violencia doméstica. Al notar la presencia policial, intentó evadir la intervención, siendo detenido en el lugar.
Durante el registro corporal, se procedió a la incautación de un teléfono celular, el cual resultó ser propiedad de la víctima.
De acuerdo a lo manifestado por la denunciante, una mujer de 63 años de edad, madre del indagado, el mismo habría ingresado a su domicilio aprovechando que la puerta se encontraba abierta, incumpliendo las medidas cautelares dispuestas por la Justicia.
Se continuaron las actuaciones bajo la órbita de la Fiscalía competente.
Finalizadas las instancias correspondientes, la Justicia Penal dispuso la imputación de S.G.P.S., de 31 años de edad, por la comisión de un delito continuado de desacato, en calidad de autor, imponiéndole como pena cuatro (4) meses de prisión en régimen de libertad a prueba, bajo determinadas obligaciones.
Imputado por desacato tras violar medidas judiciales.
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Hombre de 31 años fue imputado por desacato tras incumplir medidas cautelares e ingresar a la casa de su madre. Cumplirá prisión a prueba.
Ficha del caso
¿Qué significa que una persona sea imputada o formalizada?
Desde la entrada en vigencia del nuevo Código del Proceso Penal (2017), Uruguay tiene un sistema acusatorio. La formalización es el acto por el cual la Fiscalía comunica formalmente a una persona que la está investigando por un delito, ante un juez y en audiencia.
Que alguien sea imputado o formalizado no significa que sea culpable: rige la presunción de inocencia hasta que haya una condena firme. Durante el proceso, el juez puede disponer medidas cautelares como la prisión preventiva, el arresto domiciliario o la presentación periódica.
- Imputado/formalizado ≠ condenado: la culpabilidad la determina una sentencia.
- La prisión preventiva es una medida cautelar, no una pena.
- Muchos casos se resuelven por proceso abreviado, con acuerdo entre Fiscalía y defensa.