En la noche del 26 de julio de 2026, personal del GRT, mientras realizaba patrullaje preventivo por calle Alfredo Pignat, en la intersección con
Setembrino Pereda, observó a un hombre que, al notar la presencia policial, emprendió la
fuga, arrojando varios objetos durante su recorrido.
Tras un seguimiento, los efectivos lograron detenerlo, se trataba de un sujeto,
de 42 años de edad, poseedor de antecedentes penales.
Posteriormente, se efectuó una inspección en el lugar donde el hombre había
descartado los objetos, localizándose e incautándose dos armas de fuego, las que fueron
puestas a disposición de la Justicia competente.
Enterada la Fiscalía Letrada de 2.º Turno, dispuso la comparecencia del detenido
ante la Sede Judicial. Finalizada la audiencia, la Justicia Penal resolvió la condena de
YONY MAURICIO LAMELA PERRONI POR LA COMISIÓN DE UN
DELITO DE PORTE DE ARMA POR REINCIDENTE EN CALIDAD DE AUTOR,
IMPONIÉNDOLE COMO PENA: 3 MESES DE PRISIÓN.
Cabe señalar que el condenado es reincidente en delitos vinculados al porte de
armas de fuego.
Hombre condenado por porte de arma de fuego
Ficha del caso
¿Qué significa que una persona sea imputada o formalizada?
Desde la entrada en vigencia del nuevo Código del Proceso Penal (2017), Uruguay tiene un sistema acusatorio. La formalización es el acto por el cual la Fiscalía comunica formalmente a una persona que la está investigando por un delito, ante un juez y en audiencia.
Que alguien sea imputado o formalizado no significa que sea culpable: rige la presunción de inocencia hasta que haya una condena firme. Durante el proceso, el juez puede disponer medidas cautelares como la prisión preventiva, el arresto domiciliario o la presentación periódica.
- Imputado/formalizado ≠ condenado: la culpabilidad la determina una sentencia.
- La prisión preventiva es una medida cautelar, no una pena.
- Muchos casos se resuelven por proceso abreviado, con acuerdo entre Fiscalía y defensa.