A raíz de una denuncia presentada en Comisaría 3ra por un hombre
que manifestó haber sido víctima del hurto de su moto en la zona de Terminal
Shopping, valuándola en la suma de $ 20.000 (veinte mil pesos uruguayos), se
iniciaron las actuaciones correspondientes.
De acuerdo a las tareas investigativas realizadas por personal del Área de
Investigaciones, bajo la dirección de la Fiscalía Letrada Departamental de 2.º Turno,
se obtuvo elementos probatorios que determinaron un giro en la investigación,
estableciéndose la presunta participación del propio denunciante en calidad de autor
de un delito de calumnia.
La Justicia Penal dispuso la condena de O.A.C.S., de 34 años de
edad, como autor penalmente responsable de un delito de calumnia,
imponiéndole una pena de 3 meses de prisión a cumplirse en régimen de
libertad a prueba.
El delito de calumnia está tipificado en el artículo 136 del Código penal y se configura cuando una persona atribuye falsamente a otra la realización de una conducta típica, es decir, un comportamiento que constituye un delito según la ley. Este delito protege la honra y el buen nombre, bienes jurídicos fundamentales que resguardan la reputación y dignidad de las personas.